El Gobierno aprueba un Real Decreto-Ley por el que se asimilan las bajas por coronavirus a casos de Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo. La prestación equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja laboral, con cargo a la Administración. Se establece que todos los casos de aislamiento preventivo tengan esta consideración (IT por Accidente de Trabajo)
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha dado luz verde a un Real Decreto-Ley que incluye medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19. En este sentido, tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo.
Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.
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