El Tribunal Supremo da la razón a AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales, en su lucha contra la obligatoriedad de presentar la declaración de IRPF de forma telemática, establecida en 2018.
Tras los correspondientes procedimientos, AEDAF interpuso recurso de casación contra dicha obligación, basándose en la Ley General Tributaria y en la Ley de Procedimiento Administrativo, que establecen que la relación electrónica de los contribuyentes con la Administración es un derecho y no una obligación, y que, en todo caso, dicha obligatoriedad podría aplicarse a determinados colectivos, pero no a la generalidad de los contribuyentes.
En palabras de Esaú Alarcón, miembro de AEDAF y responsable de la dirección letrada de este asunto, esta sentencia “tiene dos puntos clave, uno la Administración tributaria vuelve a tener la obligación de dar la posibilidad de presentar la declaración de Renta en papel y, no menos importante, el Tribunal Supremos confirma que la relación con las Administraciones tributarias puede ser electrónica, pero esto es un derecho, nunca una obligación”